Mensaje para los doctorandos de programas de doctorado de planes anteriores a los del RD 99/2011 que han inscrito el proyecto de tesis antes de la entrada en vigor del Real Decreto (11 de febrero de 2011):
- Los doctorandos que estén cursando sus estudios de doctorado conforme a anteriores ordenaciones a la del Real Decreto 99/2011, habiendo inscrito su proyecto de tesis antes del 11 de febrero de 2011 (fecha de la entrada en vigor del mencionado RD 99/2011), disponen de un plazo límite que finaliza el 11 de febrero de 2016 para la presentación y defensa de la tesis doctoral, según lo establecido en la Disposición Transitoria Primera.2 del RD 99/2011 y en la Normativa de Enseñanzas Oficiales de Doctorado de la UAM de 23 de marzo de 2012.
- Para poder garantizar el cumplimiento de esta fecha, será imprescindible que la solicitud de autorización a lectura, junto con la documentación requerida, esté presentada para su resolución por la Comisión de Doctorado en el mes de noviembre de 2015, en la fecha concreta que se establezca como plazo límite para la entrega de la documentación correspondiente a dicho mes.
- Los doctorandos afectados por esta Disposición transitoria, que no tengan la seguridad de tener presentada la solicitud de autorización de la tesis a la Comisión de Doctorado en dicha fecha y la tesis defendida dentro del plazo máximo del 11 de febrero de 2016, deberán cambiarse, cuanto antes, a un Programa de Doctorado del RD 99/2011 de la UAM, teniendo en cuenta que durante el curso 2014/2015 el plazo mínimo para defender la tesis en los Programas de Doctorado de este Real Decreto es de 1 año desde la matrícula.
- La próxima fecha de matrícula en dichos programas es el mes de marzo de 2015 (curso 2014/2015).
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